estabien la clasificacion pero le hizo falta el derecho sustantivo y el adjetivo, el primero es la descripcion de la conducta, especificamente otra sancionada por el estado atravez de los codigos y leyes, repecto del segundo se refiere a la forma de aplicacion de la ley sustantiva atravez de un procediento como el codigo de precedimientos civilles o codigo de procedimientos penales; con esto incorporado estaria perfecta la clasificacion. saludos.